Multas de hasta 2 mdp a empresas por incumplir con Ley Antilavado

#Contadores

Las empresas, especialmente aquellas que realizan actividades vulnerables, deben adaptarse a las nuevas disposiciones de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), a fin de evitar sanciones y riesgos financieros como multas que van de los 200 mil a más de 2 millones de pesos.

Así lo comentó el presidente de la Comisión de Prevención de Lavado de Dinero (PLD) del Colegio de Contadores Públicos (CCPQ), Jaime Echavarría Melgarejo, luego de las reformas aprobadas el pasado 16 de julio en la Cámara de Diputados.

“La mal llamada Ley Antilavado, busca reforzar la prevención y detección del lavado de dinero y financiamiento al terrorismo en México, actualizando la legislación a estándares internacionales y con el objetivo de proteger la estabilidad financiera del país”, explicó.

Coincidió con el presidente del CCPQ, Rafael Martín Rivera Ramírez, en que esta será un área de oportunidad, ya que los contribuyentes tanto personas físicas como morales, deberán prepararse para el cumplimiento de esta Ley, “apoyándose en profesionistas certificados –y de preferencia–, colegiados”.

Juntos presentaron la nueva Certificación en PLDA del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), que está abierta para todo el sector contable y financiero de la entidad, invitando a los profesionistas del ramo, a sumarse a esta convocatoria a través del 442 213 1302.

Jaime Echavarría explicó que las reformas incorporan términos como “Persona Políticamente Expuesta”, “Representante Encargada de Cumplimiento” y “Riesgo” para clarificar y ampliar el alcance de la ley, “se ajustan los montos a partir de los cuales se deben realizar avisos en ciertas actividades, como la emisión de tarjetas, operaciones con activos virtuales y ciertas actividades de notarios y corredores públicos”.

También se amplía el catálogo de actividades vulnerables para incluir desarrollos inmobiliarios y se refuerza la obligación de identificar a los clientes, recabar información y conservar registros por un período mínimo de diez años, “la reforma amplía la lista de sujetos obligados, incluyendo a facilitadores públicos y privados en mecanismos alternativos de solución de controversias, asesores de inversión, agencias aduanales y particulares que realizan directamente despachos aduaneros”.

“Las reformas –señaló Jaime Echavarría–, implican una mayor transparencia y responsabilidad para las empresas. Se implementan medidas de capacitación obligatoria para el personal involucrado en actividades vulnerables, así como la obligación de realizar auditorías internas o externas para evaluar el cumplimiento y en caso de sanciones por incumplimiento estás van de los 200 mil a más de 2 millones de pesos”, advirtió.






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