Diputados integrantes del Grupo Legislativo del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) en la LXI Legislatura del estado, Arturo Maximiliano García, coordinador; Sinuhé Piedragil, presidente de la Mesa Directiva; Sully Mauricio, Andrea Tovar, Homero Barrera, Édgar Inzunza y Ulises Gómez, así como la coordinadora del Grupo Legislativo del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), diputada Georgina Guzmán, externaron su respaldo al proyecto de dictamen de reforma a la Ley Electoral del Estado de Querétaro, aprobado en la Comisión de Gobernación, Administración Pública y Asuntos Electorales.
Acompañados también por los representantes del Comité Ejecutivo Estatal de Morena en Querétaro, Alejandro Pérez Ibarra, y del Partido del Trabajo en la entidad, Valeria Flores, el diputado Arturo Maximiliano García Pérez dio a conocer su posicionamiento a favor del dicho dictamen.
Resaltó que el mismo se ha armonizado y ha atendido aquellas sentencias que en su momento se presentaron en tribunales electorales, e inclusive en la Suprema Corte de Justicia, sobre algunas acciones de inconstitucionalidad, con la finalidad de subsanarlas y no poner en riesgo la certeza jurídica del procedimiento, toda vez que agregó, se armonizaron diferentes artículos de la ley local que contravenían o no estaban acordes a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE).

El coordinador del Grupo Legislativo de Morena, mencionó que el dictamen presenta los avances en materia de género, partiendo de la base que la Ley Electoral de Querétaro ya cumple con los bloques de competitividad, tanto para municipios como para diputaciones, con reglas de asignación de género.
“La reforma contiene los siguientes planteamientos inexistentes hoy en la ley que sirvió de marco para el proceso 2024; el artículo 166 establece los siguientes avances: Cuando el total de sus postulaciones se conforme por un número impar, –se refiere a las candidaturas–, se deberá garantizar que las mujeres estén representadas en por lo menos el 50%, esto quedaría ya establecido en ley y no en algún tipo de lineamiento emitido por el instituto. Segundo, en ningún caso, podrán destinar exclusivamente a los tres municipios o distritos con votación más baja a cada bloque, a las mujeres. (…) Y adicionalmente, los partidos deberán garantizar la postulación de mujeres para que encabecen las planillas de Ayuntamientos en al menos dos, recalco, al menos dos de los municipios donde históricamente no han sido electas por voto popular como presidentas municipales”, enfatizó el legislador.
Arturo Maximiliano García comentó que dicho dictamen también tiene diversas definiciones claras del concepto de violencia política contra las mujeres en razón de género, ya que era un tema que preocupaba que no estuviera perfectamente conceptualizado, y que no se estableciera una serie de infracciones y sanciones al respecto, lo cual ya se incluye en la ley; además de que se consolida el 8 de 8, y se adicionan a los requisitos que deben manifestarse por escrito y bajo protesta de decir verdad por parte de candidatos, el de no encontrarse en etapa de ejecución de una sentencia definitiva o pendiente de ejecutarse por la Comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal, contra la libertad y seguridad sexuales; el normal desarrollo psicosexual por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual, por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipo, ni haber sido declarada como persona deudora alimentaria morosa, las cuales no podrán ser compatibles con quien pretenda ocupar una candidatura.

“Establece también diversas infracciones por cometer violencia política, o violencia política contra las mujeres en razón de género en términos de esta ley; se agrega a los candidatos independientes como sujetos imputables, en caso de violencia política contra las mujeres; y se aprobó precisamente en este dictamen que tratándose de violencia política contra las mujeres en razón de género cometida a través de medios digitales o mediáticos, que eran muy relevante establecerlo, se podrá ordenar vía electrónica mediante escrito a las empresas de plataformas digitales, medios de comunicación, redes sociales o páginas electrónicas, personas físicas o morales, la interrupción, bloqueo o eliminación de imágenes, audios o videos relacionados con investigación correspondiente”, afirmó.
El coordinador del Grupo Legislativo de Morena, manifestó que este nuevo marco jurídico electoral contienen también disposiciones sobre acciones afirmativas, que en su momento y de acuerdo con criterios o fallos del Tribunal Electoral, habían violado el principio de jerarquía normativa, además el real entendimiento del principio de paridad de género, cuya finalidad de las acciones afirmativas, la interseccionalidad, el derecho a la igualdad sustantiva, el derecho al voto en su vertiente pasiva y los alcances de derecho de los partidos políticos a la auto organización y auto determinación. “Esto es muy importante porque se ha determinado que una vez establecida la paridad y una vez establecido los bloques de competitividad, también debe considerarse el derecho de los partidos políticos a la auto organización y auto determinación”.
En su momento, mencionó que también atiende lo referente a la igualdad y la inclusión; el lenguaje incluyente en materia de género; así como armonización de las reformas conocidas como Plan B, respecto a limitarse a un solo síndico en cualquiera de los 18 municipios, así como no rebasar de 15 regidores por demarcación.

Al hacer uso de la voz, la diputada Andrea Tovar, precisó que en la elaboración de esta ley electoral, pudieron participar todos, y que en la misma se establece que no nada más las mujeres tienen el 50% del derecho a encabezar candidaturas, sino que las mismas hoy tienen un filtro, para que no las puedan mandar a ocupar espacios en donde no puedan ganar. “¿Por qué? Porque cuando se hace la paridad, es decir, el 50% de las candidaturas, qué hacen los partidos políticos mandan a las mujeres a donde no se pueda ganar. Con todas estas modificaciones que se hicieron a través de amparos que nos dice la autoridad jurisdiccional, eso no se puede. Pon a las mujeres en lugares donde sea competitiva. Hoy esta novedad que tenemos en esta reforma es que al menos, y repito, al menos se debe de postular dos mujeres en los partidos en donde nunca han gobernado mujeres. Y digo, al menos porque los partidos políticos podrán decidir si son dos o son tres o son cuatro o son cinco. Si nosotros queremos postular a dos, está bien. si queremos postular a cuatro, está bien, eso va a depender también de los bloques de competitividad”.
La legisladora mencionó que si bien, la paridad también se construye con el bloque de competitividad, hoy permite que por lo menos dos mujeres tengan la oportunidad de contender en esos municipios en donde nunca ha gobernado una mujer.
Entonces que quede muy claro, esto no puede llamarse un retroceso en el tema de paridad, porque la paridad ahí está el 50%, ahí está los bloques de competitividad, ahí están ahora, bueno, vamos a tener espacio en otros lugares en donde podemos ganar.

En su momento, las representantes del Comité Ejecutivo Estatal de Morena en Querétaro y del Partido del Trabajo, emitieron sus posicionamientos a favor de esta reforma a la ley electoral; coincidieron en que la misma sí representa un avance progresivo en el derecho de la paridad de género, y que por el contrario, no es un retroceso, ya que la misma fue analizada con objetividad, y no violenta ni contraviene los derechos de las mujeres.
