La diputada federal Abigail Arredondo Ramos presentó una iniciativa para establecer en la Ley Federal del Trabajo la figura de “Finiquito Seguro”, con el objetivo de garantizar que toda persona trabajadora reciba, en un plazo máximo de tres días naturales después de concluida la relación laboral, el recibo de finiquito y el pago de las prestaciones que legalmente le correspondan.
La legisladora priista explicó que actualmente existe un vacío legal respecto a la forma y el momento en que debe entregarse y cubrirse el finiquito, situación que puede generar incertidumbre económica y dejar a las personas trabajadoras en una posición de desventaja frente a la parte patronal.
“Cuando termina una relación laboral, quien generalmente se encuentra en una posición de mayor vulnerabilidad es el trabajador. Por eso proponemos reglas claras, plazos definidos y certeza sobre el dinero que ya le corresponde por su trabajo”, enfatizó.
El Proyecto de Ley plantea reformar los artículos 46, 48 y 52 de la Ley Federal del Trabajo, y establece en el texto contemplar como mínimo: los días laborados y no pagados del último periodo de trabajo; la parte proporcional del aguinaldo; la parte proporcional de vacaciones y prima vacacional, y la prima de antigüedad, cuando legalmente corresponda.
La propuesta también establece que, si el patrón no entrega oportunamente el finiquito y el pago correspondiente, deberá cubrir intereses a razón de 2 por ciento mensual sobre la cantidad no entregada, capitalizables al momento del pago.
La congresista del PRI destacó que la medida busca evitar que la necesidad económica de una persona recién separada de su empleo sea utilizada como mecanismo de presión para aceptar cantidades inferiores a las que legalmente le corresponden.
La iniciativa contempla además una protección para evitar interpretaciones indebidas sobre la conclusión de la relación laboral. La recepción o firma del recibo de finiquito no prejuzgará sobre la causa de la rescisión ni implicará la renuncia a otros derechos, prestaciones o indemnizaciones que puedan ser reclamados por la persona trabajadora o por el patrón.
En este sentido, la diputada Abigail Arredondo explicó que el finiquito comprende prestaciones que la persona trabajadora ya generó durante la relación laboral, como salarios pendientes, aguinaldo proporcional, vacaciones y prima vacacional, así como la prima de antigüedad en los casos previstos por la ley.
La iniciativa cobra relevancia ante el número de conflictos laborales registrados en el país. De acuerdo con datos del Inegi, durante 2025 se registraron 104 mil 741 conflictos individuales de trabajo, cifra que representó un incremento anual de 10 por ciento. Asimismo, se registraron 515 mil 780 convenios de trabajo prejudiciales, de los cuales 44.7 por ciento estuvieron relacionados con retiro voluntario y 15.6 por ciento con terminación de contrato.
“El objetivo de esta reforma es sencillo: que al terminar un empleo, el trabajador sepa cuánto le corresponde, cuándo debe recibirlo y que tenga la certeza de que cobrar su finiquito no significa renunciar a ningún otro derecho laboral”, puntualizó la representante del tricolor por el estado de Querétaro.
