[Universo Jurídico] División de los contratos

Nuestro código reconoce contratos unilaterales, bilaterales, onerosos, gratuitos y aleatorios los cuales son los siguientes:

El contrato es unilateral cuando una sola de las partes se obliga hacia la otra, sin que ésta quede obligada con la otra. Es cuando una de las partes se obliga la entrega de hacer o entregar algo y la otra parte no tiene obligación de hacer nada o entregar algo.

El contrato es bilateral cuando las partes se obligan recíprocamente.

Es contrato oneroso aquel en que se estipulan provechos y gravámenes recíprocos.

Es gratuito aquél en que el provecho es solamente para una de las partes.

El contrato oneroso es conmutativo cuando las prestaciones que se deben las partes son ciertas desde que se celebra el contrato, de tal suerte que ellas pueden apreciar inmediatamente el beneficio o la pérdida que les cause éste.

Es aleatorio, cuando la prestación debida depende de un acontecimiento incierto que hace que no sea posible la evaluación de la ganancia o pérdida, sino hasta que ese acontecimiento se realice.



+ Para que estés al tanto, te mandamos lo mejor de El Canto de los Grillos MX a tu celular: ¡únete a nuestro canal en Telegram: telegram.me/elcantodelosgrillosmx!

No te pierdas ninguna historia; danos Me Gusta en Facebook:








Danos tus comentarios

Danos tu comentario

¡Estamos en IG!

Síguenos en FB

Capital

2 - 5
3 - 5

San Juan del Río