[Tras la Verdad] Incontrolables los abusos de AMLO

El Instituto Nacional Electoral, por medio de la Comisión de Quejas y Denuncias, evidenció –una vez más– los abusos que en materia de promoción personalizada y publicidad política lleva a cabo el Presidente de la República, a pesar de la prohibición establecida en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que para ello establece el artículo 134.

Para nadie es desconocido que Andrés Manuel López Obrador diariamente se promociona personalmente por medio de sus conferencias de prensa, las que de suyo son verdaderamente innecesarias por la constante repetición de las acciones que lleva a cabo, muchas de las cuales, son mentira tras mentira; conferencias que utiliza para hostigar a sus “adversarios” políticos y arremete en contra de todo aquel se cruza en su camino. Promoción política personalizada.

Los “programas sociales” clientelares del Presidente de la República, están preñados de intención política y promoción personalizada permanente, utiliza miles de millones de pesos del erario de diversa forma para comprometer la voluntad y fidelidad política de los beneficiarios con Andrés Manuel López, quienes aparentemente reciben dinero gracias al Presidente, por ello las constantes giras políticas en las cuales los Delegados de Morena, nombrados por el mismo López, concentran a los beneficiarios de los programas; el propósito es afianzar el compromiso político con el Presidente, por ello la necesidad de promover la revocación de mandato, bien sabe que esa plataforma de beneficiarios votará para que siga en el poder. Eso es promoción personalizada de Andrés Manuel.

Ayer, 30 de abril, el INE, publicó lo resuelto por la Comisión de Quejas y Denuncias, habiendo acordado que el IMSS sí estaba realizando acto de promoción personalizada –política– del Presidente de la República, dado que la Institución enviaba cartas a granel, con atención a todas aquellas personas con actividad empresarial, ofreciéndoles créditos, documentos suscritos por López Obrador. Los consejeros de la Comisión terminaron considerando que se trata de una promoción personalizada y por tanto contraviene lo dispuesto por el artículo 134 constitucional. Sin mayor sanción que dejar de asentar en el documento al Presidente de la República.

Lo que no había trascendido es la reiterada acción perversa del Director General del IMSS, Zoé Robledo Aburto, quien por tercera ocasión había sido reconvenido para que cambiara el contenido del documento y evitar la promoción personalizada del López Obrador. Por reiterar su perversa acción, los consejeros decidieron ordenar la suspensión de la distribución de las cartas promocionales del Presidente. Por cierto, los hechos fueron aceptados por el Director del IMSS. A pesar de ello, el consejero José Roberto Ruíz, consideró desproporcionada la medida, proponiendo la tutela preventiva, que significa advertir y no sancionar. Este consejero fue acusado de hostigamiento sexual y laboral en el año de 2015.

Con el propósito de afianzar el acuerdo, el Consejero Ciro Murayama, comentó la existencia de, al menos, dos precedentes en la materia. El primero de ellos, dictado en 2012, cuando Felipe Calderón envió una carta a los contribuyentes en donde les reconocía su cumplimiento, determinando procedente el dictado de medidas cautelares. El otro asunto fue para solicitar a los llamados “servidores de la nación” –ejército de morenistas-, dejaran de portar indumentaria con la imagen del Presidente de la República –López Obrador- al recabar información para la entregar apoyos; esta última medida fue confirmada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, por contravención al artículo 134 Constitucional, fue estimada como promoción personalizada; artículo que se reproduce en todos sus términos en la Ley Electoral.

Los consejeros valoraron que, si bien el objetivo de la carta distribuida por el IMSS es hacer del conocimiento de la ciudadanía acciones concretas del gobierno federal, a fin de entregar créditos o apoyos económicos a personas con actividades empresariales que cumplan con ciertos requisitos; lo cual, en principio, encuadra dentro de la categoría de propaganda gubernamental, sin embargo, a fin de cuentas contiene una promoción personalizada al llevar el nombre del López Obrador. También sustentaron que su criterio es sostenido por sentencias de la Sala Superior del TEPJF, quien ha establecido que se entiende por propaganda gubernamental “los actos, escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones y expresiones que llevan a cabo los servidores o entidades públicas para hacer del conocimiento de la ciudadanía la existencia de logros, programas, acciones, obras o medidas de gobierno para conseguir su aceptación”. Sencillo y claro el acuerdo de la Comisión.

En síntesis, la determinación de los consejeros no tiene como efecto la suspensión o cancelación del programa de préstamos, únicamente la modificación de la manera en que abusivamente comunican y dan a conocer a la ciudadanía el programa mediático gubernamental. Resultó interesante que el acuerdo haya vinculado a la Presidencia de la República, entiéndase a López Obrador y a la Secretaría de Economía para que, los abusivos, coadyuven en el cumplimiento de las medidas cautelares: que dejen de promocionar al Presidente de la República. La queja fue presentada por 3 partidos políticos: PAN, PRI y PRD. Bien por los consejeros, bien por los inconformes. Resoluciones como esta deben dictarse a diario, son constantes los abusos de poder del Presidente de la República, resultan inauditos: atropellos a la Constitución y a las leyes.








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