Con nueve votos a favor y dos en contra, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la invalidez del decreto por el que se reforman la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, Ley General de Partidos Políticos, Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y expide la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral, cambios que constituyen el centro del llamado “plan B’’ de la reforma electoral promovida por el presidente Andrés Manuel López Obrador, por violaciones al proceso legislativo en el país.
A propuesta del ministro Javier Laynez Potisek, el proyecto fue aprobado por Margarita Ríos Farjat, Juan Luis González Alcántara, Luis María Aguilar, Arturo Zaldívar, Alfredo Gutiérrez, Jorge Pardo y Norma Piña, presidenta del máximo tribunal constitucional del país, porque el Congreso de la Unión incurrió en violaciones graves al procedimiento legislativo que, en su conjunto, tienen potencial invalidante.
De ahí que la declaratoria implica la invalidez del decreto impugnado en su totalidad, y por tanto, que las disposiciones legales que regían antes de la entrada en vigor del mismo “recuperan vigencia’’.
Las reformas invalidades a la legislación en materia electoral se relacionan principalmente con la estructura, organización y los procedimientos del Instituto Nacional Electoral (INE), así como con las atribuciones del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
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