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Columnas

[Tras la Verdad] La Corte declaró inconstitucional otra medida persecutoria de la 4T

25 octubre, 20215 Minutos de lectura
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Este lunes, la Corte declaró inconstitucionales varias reformas a diversas leyes que permitían la pena de prisión preventiva por la expedición de facturas falsas y otros delitos. Para nadie es desconocido que AMLO utiliza como medida de presión el “terror” de la persecución penal para someter a sus opositores.

Al declarar inconstitucional varias disposiciones aprobadas por los legisladores de la 4T, derivadas de la iniciativa de ley presentada por el presidente, los presuntos responsables de los delitos de contrabando, defraudación fiscal y uso de facturas falsas, en lo sucesivo podrán llevar su proceso penal en libertad.

Por 8 votos de 10 ministros presentes en la sesión de Pleno, la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional los artículos que obligaban a los jueces a imponer prisión preventiva oficiosa a los presuntos responsables de cometer contrabando, defraudación fiscal y uso de facturas falsas. Bastaba con la simple sospecha del “mastín” del fiscal general para consignar a un presunto por la presunta expedición de facturas falsas, para tenerlo en la cárcel. No podrán hacerlo.

El juicio de inconstitucionalidad fue promovido por senadores de oposición y (cosa insólita) la Comisión Nacional de Derechos Humanos. Con los “bandazos” de los ministros no se sabe bien a bien cómo resolverán las ocurrencias de AMLO; esta vez actuaron en defensa de la presunción de inocencia, traducida en un derecho humano.

Así lo reconoció el súbdito de Arturo Zaldívar, presidente de la Corte. Argumentó, entre otras cosas, que el imponer la prisión preventiva oficiosa en el caso a estudio era violatorio a los derechos humanos, por ello su voto fue en contra de mantener esta medida cautelar en relación a los delitos fiscales. La materia fiscal, una de las armas más efectivas del gobierno de la 4T para sacar dinero a los contribuyentes o “cuello”, como dijo el chinito Zhenli Ye Gon.

Así las cosas, la inconstitucionalidad de las disposiciones están contenidas y aprobadas por los legisladores de la 4T en el Código Fiscal de la Federación; la Ley de Seguridad Nacional (hasta allá llegó la idiotez, considerar como delito de “seguridad nacional”) y el Código Nacional de Procedimientos Penales.

Lo inaudito, la señora Piedra, presidenta de la CNDH, promovió la acción de inconstitucionalidad, registrada bajo el expediente 130/2019. En sus consideraciones condenó la equiparación de los ilícitos aprobados por sus compañeros de andanzas como delitos contra la seguridad nacional. Y no le faltó razón, al menos en esta ocasión sí defendió los derechos humanos. Entre otras cosas, argumentó la señora que: “Esta Comisión Nacional de los Derechos Humanos considera que la disposición aludida vulnera el derecho a la seguridad jurídica, así como los principios de presunción de inocencia, legalidad en su vertiente de taxatividad (que no está bien explicada ni sustentada jurídicamente), de mínima intervención en materia penal (última ratio) y de proporcionalidad de las penas”. Esta vez, bien por su departamento jurídico.

Bien vale la pena referir los nombres de los senadores que promovieron y argumentaron (su departamento jurídico) la inconstitucionalidad de las normas que ellos no aprobaron. Para ellos se registró el expediente número 136/2016. Aquí los nombres (en orden al número de senadores de las bancadas): Xóchitl Gálvez, Gustavo Madero y Josefina Vázquez Mota, del Partido Acción Nacional; Claudia Ruiz Massieu, Miguel Ángel Osorio Chong y Jorge Carlos Ramírez Marín, del Partido Revolucionario Institucional; y Miguel Ángel Mancera, del Partido de la Revolución Democrática. En esencia los legisladores argumentaron que la prisión preventiva debe ser un acto extraordinario y no la constante. Insisto, AMLO utiliza la excepción como regla, así presiona a sus enemigos políticos. ¡Y a la cárcel, sin derecho a fianza!

Vale mencionar a los veletas de Movimiento Ciudadano, dado que no se sabe si están o no están con la política depredadora de AMLO. En este caso, Clemente Castañeda, coordinador nacional de Movimiento Ciudadano, festejó el hecho de que prevalezca el Estado de Derecho y que la medida promovida por el presidente Andrés Manuel López Obrador no haya prosperado, puesto que tenía un tinte de persecución política. ¡Por supuesto! En 3 años de gobierno de AMLO no queda la menor duda que utiliza a las instituciones para sus venganzas personales.

Clemente Castañeda escribió en sus redes sociales: “La reforma que impulsó el presidente para perseguir políticamente a opositores con el pretexto de la defraudación fiscal y hacer mal uso de la prisión preventiva acaba de ser frenada por la SCJN. Como lo hemos dicho antes, en Movimiento Ciudadano estamos a favor de combatir la corrupción y las empresas fantasma, pero no del uso discrecional, faccioso y selectivo de la justicia; por eso promovimos esta acción de inconstitucionalidad que hoy avala la SCJN”.

Bien por la oposición. Le arrebataron otra de las herramientas políticas de presión que utiliza AMLO (la intimidación o amenaza) para doblegar y encarcelar a sus enemigos, sean políticos o empresarios. Seguramente Claudio X. González debe estar feliz. ¡Sí por México!

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